23 de noviembre 2011

Fuente: Contabilidad Puntual

Por Francisco Nectalí Rodas L.

Son personas o empresas cuyos ingresos brutos anuales no superan los Q. 60,000.00 mil. En ingresos anuales. Están sujetos a regímenes especiales de pago de Impuestos de los cuales existen dos:

Opción 1

Pago de cuota fija de 5% sobre sus ingresos netos obtenidos en el trimestre

Obligaciones:

  • Llevar como mínimo un libro de diario
  • Presentar el pago de IVA en forma trimestral.
  • Llevar un libro de compras y ventas de pequeño contribuyente

Beneficios:

  • Exento del ISO
  • Exento de pagos trimestrales de ISR
  • Exento de presentar Declaración Jurada Anual de ISR.
  • No requiere tener contador Autorizado

Opción 2

Pago IVA trimestralmente, sobre la diferencia de Debitos contra Créditos Fiscales

Obligaciones:

  • Llevar como mínimo un libro de diario
  • Presentar el pago de IVA en forma trimestral.
  • Llevar un libro de compras y ventas de pequeño contribuyente
  • Presentar Declaración Jurada de IVA en el mes de febrero de cada Año
  • Presentar Declaración Jurada Anual de ISR
  • Efectuar Pagos Trimestrales de ISR
  • Efectuar Pago de Impuesto de Solidaridad cuando corresponda
  • Beneficios
  • Cuando tienen muchas compras pueden aprovechar el Crédito  y cancelar menos IVA

CONTRIBUYENTE EN RELACION DE DEPENDENCIA

Empleados que prestan sus servicios a una empresa, entidad, organismo o dependencia, a cambio de un sueldo o salario.

PROFESIONAL LIBERAL

Son los profesionales que trabajan por cuenta propia y perciben ingresos por medio de honorarios.

Obligaciones:

  • Llevar un libro de Compras y uno de Ventas
  • Pagar un 5% mensual de ISR sobre sus Ingresos Netos
  • Presentar Declaración Jurada Anual de ISR

CONTRIBUYENTES ESPECIALES

Segmento de contribuyentes, cuyo número es reducido, que reportan los mayores o más grandes activos, los mayores volúmenes de ingresos y teóricamente las mayores contribuciones. En otros países se les denomina grandes contribuyentes.”

De acuerdo a estudios de la SAT, se consideran contribuyentes especiales los que llenan entre otros requisitos conocidos los siguientes:

1. Facturación anual de Q. 10,000,000.00

2. Fueron notificados por la SAT como Agentes de Retención del IVA.

3. Están inscritos de conformidad con el Decreto 29-89 (Maquila)

4. Están inscritos de conformidad con el Decreto 65-89 (Zonas Francas)

CONTRIBUYENTE NORMAL

Se refiere a Personas individuales o Empresas cuyos ingresos superan los Q 60,000.00 anuales.

Si su capital sobrepasa los Q 2,000.00 y ejerce funciones de comercio deberá tramitar su Patente de comercio, inscribirse en la SAT como Contribuyente y puede elegir entre dos Regimenes de Pago de Impuesto con Relación al ISR

Régimen 1

General

Obligaciones:

  • Cancelar un 5% de ISR sobre sus ingresos mensuales
  • Cancelar el IVA resultante de la diferencia entre compras y ventas
  • Llevar libros Contables autorizados (Inventario, Diario, Mayor y balances)
  • Llevar un libro de compras y uno de Ventas
  • Presentar Declaración jurada anual de ISR

Régimen 2

Optativo

  • Efectuar Pagos Trimestrales de ISR
  • Cancelar el IVA resultante de la diferencia entre compras y ventas
  • Llevar libros Contables autorizados (Inventario, Diario, Mayor y balances)
  • Llevar un libro de compras y uno de Ventas
  • Presentar Declaración anual de ISR
  • Efectuar pago de Impuesto de Solidaridad.

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